Hasta 4 años de cárcel en Colima a quienes cobren con amenazas

 Redacción   06-11-2017     Congreso

Luego de que la Legislatura Local reformara el Código Penal para el Estado de Colima, en esta entidad federativa se impondrán hasta cuatro año de prisión a las personas que usurpen a funcionarios judiciales para cobrar créditos vencidos, utilizando la amenaza y la intimidación.

Aprobada por mayoría, la reforma penal que tuvo como iniciador al Diputado Héctor Magaña Lara, creó el tipo penal “Cobranza extrajudicial ilegal”, con la que se busca evitar que la población sea hostigada por quienes usurpan funciones del Poder Judicial al realizar el cobro de adeudos.

Magaña Lara, presidente de la comisión dictaminadora, la de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, indicó que es cotidiano escuchar a personas quejarse de la forma de cobrar que realizan algunas empresas, quienes se ostentan como funcionarios judiciales o policías que intentan embargar a la gente sin tener ninguna facultad legal para hacerlo.

Incorporado en el artículo 218 Bis del Código Penal, la cobranza extrajudicial ilegal es el cobro realizado fuera de procedimiento judicial haciendo uso de la violencia o intimidación hacia una persona, sus bienes o derechos, requiriendo el pago de una deuda o supuesta deuda a quien funja como deudor, aval o cualquier responsable u obligado solidario.

Estimó que  ante la proliferación de instituciones crediticias que ofrecen préstamos para apoyar la economía familiar y cuyos altos intereses ahorcan a las familias, en diversas ocasiones esas instituciones venden sus carteras vencidas a individuos o bufetes que sin escrúpulos hostigan a los deudores para cobrar los créditos.

Magaña mencionó que en la Ciudad de México y Veracruz ya está tipificada la figura delictiva “Cobranza extrajudicial ilegal”, incluso en Morelos, Nuevo León y Zacatecas, existe un tipo penal dentro del capítulo de las Amenazas.

Dijo también que debido a que las actividades de personas dedicadas al otorgamiento de créditos y financiamiento no están sujetas a la legislación local y sus operaciones suelen desarrollarse a nivel nacional, el Congreso de la Unión ha legislado al respecto y tipificó el delito de “Cobranza extrajudicial ilegal”, por lo que ya es también un delito federal.

Estimó que con la incorporación de ese tipo penal, que además de la pena corporal considera una sanción económica de hasta 300 unidades diarias de medida y actualización, equivalente a 23 mil pesos, se busca erradicar las prácticas de quienes pretenden coaccionar para cobrar un crédito dañando la tranquilidad de la gente.

bv